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Primer mensaje sin leer12 mensajes Página 1 de 1
Hola , queria preguntar que la vespa que he comprado el año que viene ya tendra mas de 25 años , hay que realizar algun papeleo para no pagar el impuesto de circulacion o automaticamente ya no te viene el recibo del ayuntamiento?, un saludo
En efecto,dependiendo del ayuntamiento estarás exento del pago o de parte de el,en Utiel donde compre a Berta estaba exenta del 100%,en Xativa donde vivo,tan solo del 75%,eso si,lo tienes que solicitar tu en persona junto con la documentación de la moto,no lo aplican por decreto,así si alguien es ignorante del tema,le cuelan el 100% de la tasa,cabronazos!!!!!
DE OTRA COSA NO ENTENDERÉ,PERO DE VESPAS,NO TENGO NI PUTA IDEA...(J.Tarín)




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Ok ,gracias a los dos por responder, asi que me acercare al ayuntamiento a ver que me dicen.....Un saludo :-)
Y al toro!!!
DE OTRA COSA NO ENTENDERÉ,PERO DE VESPAS,NO TENGO NI PUTA IDEA...(J.Tarín)




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ESCRITO DIRIGIDO AL EXCMO. AYTO. DE ......,
PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE
LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DE TAL FORMA QUE SE DERIVE LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN, CUANDO SE TRATE DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS O CON UNA ANTIGÜEDAD
SUPERIOR A 25 AÑOS.


*Nota: Con el presente escrito, estamos solicitando, no sólo la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, para que esta se adapte al normativa Comunitaria, para lograr la exención del citado Impuesto, y que al mismo tiempo, si somos propietarios de un vehículo con la catalogación de histórico o con antigüedad superior a 25 años, éste, resulte exento de tal Impuesto.

AL ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYTO. DE ......



DON .................., mayor de edad, de profesión....., vecino de ....., con domicilio en la calle...., nº....., (C.P. ......), con N.I.F. nº,................., ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayto. de ........, comparezco y como mejor proceda en Derecho, EXPONE:


PRIMERO.- Que la Comisión de Educación y Cultura del Congreso de los Diputados aprobó en 1988, una , una proposición no de Ley, en la que se instaba al Gobierno para que se protegieran y tutelaran los automóviles de interés histórico, de acuerdo con las previsiones de la Ley de Patrimonio Histórico Español.


SEGUNDO.- Que fruto del mandato parlamentario, el Gobierno aprobó en 1.995 el Reglamento de Vehículos Históricos por el que se estableció un régimen especial para salvaguardar el carácter representativo y simbólico de una determinada época de producción automovilística, dada la importante significación que la misma tuvo en la cultura de nuestros tiempos.


TERCERO.- Que con efectos del día 1 de enero de 1999, y a instancias de la entidad AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), las Cortes Generales, han aprobado mediante la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, una modificación del art. 96 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, para posibilitar a los Ayuntamientos el establecimiento de una bonificación de hasta el 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos históricos o de más de veinticinco años de antigüedad, adaptando así nuestra normativa fiscal a la del resto de la UE.

CUARTO.- Que el compareciente es propietario del vehículo marca......., modelo........, matrícula........., con una antigüedad de ........(esto es, superior a veinticinco años) tal y como se acredita mediante fotocopia del permiso de Circulación y Ficha Técnica, que se acompañan al presente escrito como DOCUMENTOS NÚMEROS UNO Y DOS , respectivamente, designando a efectos probatorios los Archivos de la Jefatura Provincial de Tráfico de........, solcito le sea aplicado a dicho vehículo la citada exención del 100 % de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

QUINTO.- Que el presente escrito se realiza al amparo del derecho establecido en el Art. 29.1 de la Constitución Española, y con el fin de hacer efectivos tanto el mandato parlamentario como la previsión legal aprobada en su día.

En su virtud,

SOLICITO AL ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYTO. DE........, que teniendo por presentado es escrito con su copia y con los Documentos que al mismo se acompañan, se digne admitirlo, y en base a las manifestaciones que en el cuerpo del mismo se contienen, promueva ante el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de........, la aprobación y publicación, de acuerdo con la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de una modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica con el siguiente tenor literal:

“Los vehículos históricos, o de aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación gozarán de una bonificación del 100 por 100 de la cuota del Impuesto; de no conocerse dicha fecha se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar “.


Al mismo tiempo, y de prosperar la citada solicitud, se tenga por condonado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, del automóvil, marca..... modelo........., matrícula..........., propiedad del compareciente, por tener una antigüedad superior a 25 años, tal y como se acredita.

Por ser de hacer en Justicia que pido en......., a .... de.....de Dos Mil ......


FDO.: DON...................
Las palabras se las lleva el viento....y si este escrito se pone fijo estaría muy bien
Pero que sepais que el decreto lo dice muy claro "posibilitar" a los ayuntamientos a ....es potestativo de los ilustrísimos
rellenar con tus datos e imprimir .......funcionario yo?? jajajajaj muy buena pregunta , yo solo leo mucho internet y si pones en google aparece
Paco, muy bueno el escrito. Se lo voy a mandar al webón de mi alcalde, jejjeje.

Listado de ayuntamientos que eximen el pago del ivtm:
Imagen
nandoplaza[arroba]gmail[punto]com

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